QUE OBRAS PODEMOS HACER EN NUESTRAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

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QUE OBRAS PODEMOS HACER EN NUESTRAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

QUE OBRAS PODEMOS HACER EN NUESTRAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

Quiero revitalizar mi comunidad de propietarios y como propietario que soy, no sé que puedo hacer o no hacer. De permitirse hacer, hasta donde puedo llegar en la obras de reparación, rehabilitación, reforma o incluso de mejora. O incluso si las obras se limitan o afectan a mi propia vivienda, como afectan en el resto de la comunidad.
Esta es la duda más frecuente que se nos presentan es cuando queremos hacer alguna obra en nuestro lugar de residencia, y no queremos problemas con la comunidad de propietarios.
Ya sabemos que en las comunidades de propietarios existen una gran diversidad de personas con sus propios pareceres, creencias, normas, etc. como en la misma vida y que siempre la convivencia crea tensiones y conflictos. Y solo falta que querer hacer algo para que puedan crearse situaciones de tensión.
Es por ello que para evitar problemas con los vecinos, es preferible saber lo que se puede y lo que no se puede hacer.
En este blog, desde nuestra empresa y desde lo que es nuestro ámbito empresarial en el mundo de la construcción, vamos a intentar esclarecer alguna de esas dudas o como mínimo dar un par de consejos útiles.
Que dudas se nos pueden plantear o que acciones son las mas comunes en cuanto a una obra en una comunidad de propietarios.
1. Instalar un ascensor en mi comunidad.
2. Se puede negar un vecino a las obras en elementos comunitarios o incluso a las obras dentro de propia vivienda.
3. Puedo cerrar mi terraza.
4. Reparación de goteras en áticos privados.
5. Obras para mejorar, reparar o mantener la comunidad.
Veamos a continuación cada apartado profundizando el tema.

1. Instalar un ascensor en mi comunidad

Es un gasto importante, y como muchas cosas donde interviene el dinero conlleva grandes desacuerdos. Esta el que lo quiere, el que lo necesita y el que no puede, no lo necesita y no puede con el gasto.
Hay normas y leyes donde la instalación de un ascensor es obligada, por ejemplo lo solicitan mayores de 60 años o con alguna discapacidad.
Aunque hay unas limitaciones al respecto que son:
– Siempre que el coste de la obra no supere las 12 mensualidades de las cuotas de los propietarios.
– Y en caso de que sea mayor a las 12 mensualidades será necesario contar con la aprobación de la mayoría de los vecinos.
– Aun así y si el voto es negativo, los solicitantes aun podría realizar las obras aun que corriendo totalmente con los gastos.

2. Se puede negar un vecino a las obras en elementos comunitarios o incluso a las obras dentro de propia vivienda.

La obras de reparación y mantenimiento de elementos comunes (bajantes generales, saneamiento de pozos, trabajos en fachada) son de obligatorias para todos los vecinos, entra en la obligación de todo propietario a la conservación de la viviendas.
O incluso en casos en que para acceder a la ubicación de la reparación se encontrase dentro del recito de una vivienda, el propietario o inquilino esta obligado a facilitar el acceso al mismo.

3. Puedo cerrar mi terraza.

Al cerrar terrazas se está modificando la suma de superficies, las cual son reguladas por normativas urbanísticas, con lo cual sería necesario un permiso o licencia a tal efecto, por Ayuntamiento de turno.
Paralelamente la Ley de Propiedad Horizontal permite cerrar las terrazas y balcones de todo el edificio si para ello se mejora la eficiencia energética en un 30%, y teniendo el apoyo de las 3/5 partes de los vecinos.
Para un solo propietario, que quiera cerrar la terraza, debe pedir la aprobación en junta. En caso de negarselo, si hubiera precedentes de otros vecinos que han realizado esa misma reforma, se podría discutir en los tribunales por poder considerarse un agravio comparativo.

4. Reparación de goteras en áticos privados.

La cubierta es un elemento comunitario, aunque su uso pueda ser privativo como terraza. El propietario del ático tiene este uso privativo y realizar el mantenimiento común. En caso de goteras y humedades, se tendrá que evaluar por perito competente la procedencia de las mismas, para determinar si es por el natural deterioro del sistema de impermeabilización, por lo que la comunidad se hará cargo de esta reparación. En caso opuesto y si se determinarse que es un mal uso o por dejadez en el mantenimiento por parte de este ultimo, será el mismo el que tendrá que hacerse cargo de la reparación.

5. Obras para mejorar, reparar o mantener la comunidad.

No es lo mismo una reparación de un saneamiento por avería, que comprar jardineras, lámparas decorativas o construir una pista de padel, un trampolín para la piscina, etc. La primera es una obra necesaria y todos los propietarios están obligados a pagar. Las siguientes son mejoras y si su coste suma la totalidad de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, quienes no estén conformes se pueden abstener del pago.
En próximos blogues continuaremos intentando ayudar en el mundo de las comunidades de propietarios y sus obras.
Aprovecho para recordar que Esclapés e Hijos S.L. es líder como empresa constructora en la Provincia de Alicante, poseyendo gran experiencia en diversos sectores de la construcción como son el industrial, la obra pública y privada, con Comunidades de Propietarios y clientes individuales, en obra civil e infraestructuras, en edificación, rehabilitación y reforma de viviendas y locales para actividades comerciales y empresariales, que nos avala desde los últimos 20 años y que nos sirve para llevar a buen termino las obras que nos encomiendan



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